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La jubilación de la jueza Servini, en el limbo

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La jueza Servini de Cubría apuntó contra Lorenzetti por el fallo que reestablece el límite de 75 años para los jueces en actividad.

La jueza María Romilda Servini de Cubría tiene 80 años y según la Constitución Nacional debería jubilarse a los 75. Ella logró en 2010 sentencia de primera instancia en el fuero de la Seguridad Social para seguir en el cargo. Ese amparo la protegería del fallo de la Corte Suprema de Justicia que ayer (28/3) convalidó los 75 años como la edad a la que deben jubilarse los magistrados. Pero el Consejo de la Magistratura la incluyó en su análisis preliminar de los jueces que deben jubilarse.

El amparo de Servini no fue apelado pero aún dejaría espacio para el debate acerca de la ‘una cosa juzgada’. Tampoco hay un registro único sobre casos judicializados que ahora analizará el Consejo.

En noviembre pasado, Servini dijo tener conocimiento de que "hay en la Corte una resolución (por salir) que quiere revocar la resolución anterior" que permitió que el ex juez Carlos Fayt mantuviera su cargo hasta los 97 años. Se trata de la resolución que se conoció ayer.

"Ya sé hasta quiénes son mis subrogantes", le confesó María Servini de Cubría a los periodistas que la entrevistaban por Radio Cooperativa, cuando le preguntaron entonces sobre esa supuesta resolución atribuida a una iniciativa del ministro Garavano que respaldaría el titular de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, que emitiría la Corte Suprema relacionada con la edad a la que deben jubilarse los jueces.

En ese momento, Servini de Cubría sugirió que Lorenzetti podría rectificar o desdecir su propia opinión en ocasión de justificar la continuidad de Carlos Fayt en la Corte. Y Lorenzetti cambió su opinión en la resolución del 27/3.

Surge un interrogante: ¿cuál es la política del Poder Ejecutivo en estos casos? El ‘no apelar’ como en el caso de Highton de Nolasco o la demanda en el expediente Schiffrin?

El diario La Nación recuerda que Highton hizo la primera movida cuando consiguió que el juez Enrique Lavié Pico le concediera un amparo para seguir siendo jueza más allá de los 75 años. Lavié Pico se basó en lo que había dicho la Corte cuando dejó a Carlos Fayt en el tribunal: que la Convención Constituyente, al limitar la edad de los jueces, se había excedido en sus funciones. El Gobierno en ese momento no apeló y el fallo quedó firme. Si hubiera apelado, con este fallo de la Corte debería haberse ido. Claro que si el caso Highton seguía abierto, la Corte no hubiera firmado este fallo. Muy sincronizado. Ahora, con la firma de Lorenzetti y dos de los ex constituyentes de 1994 (Rosatti y Maqueda) la Corte reafirmó lo que dice la Constitución de 1994.

El fallo da marcha atrás con la jurisprudencia del tribunal en el caso Fayt de 1999, dictado con otra composición, que había anulado el artículo 90 de la Constitución, que establecía el límite de edad de 75 años a los magistrados. Ahora, la Corte le devolvió constitucionalidad a ese artículo de la Carta Magna, el único que no se aplicaba.

Ámbito Financiero recuerda que desde hacía 5 años el caso estaba en la Corte, que no conseguía mayoría para definir una cuestión espinosa para sus propias filas. La sentencia -que obviamente validó todo lo actuado por Schiffrin post 75- coincidió con el pedido al Gobierno de aumento de partidas presupuestarias para un aumento salarial del 10% para el Poder Judicial, retroactivo al 1 de marzo. El primer reflejo oficial fue cauto pero celebratorio de la decisión. A primera vista lo deja con posibilidad de nombrar decenas de jueces, si logra capear las turbulencias del Consejo. Pero también, en una lectura política, la decisión desnudó una posición incómoda para el Ministerio de Justicia que preside Germán Garavano, que en un primer momento se opuso a la permanencia de Highton de Nolasco en el amparo presentado a fines de año. Cuando el juez Enrique Lavié Pico le otorgó la razón a la magistrada próxima a cumplir la edad límite, el Gobierno desistió de la apelación a Cámara del fallo de primera instancia.

Sin embargo, en sentido contrario, mantuvo el recurso para correr a Schiffrin, en la práctica, con el mismo impedimento para seguir. Esa inconsistencia no pasó desapercibida para algunos integrantes de esa cartera ni para observadores externos, en una gaffe que podría deparar nuevos capítulos judiciales, concluye el matutino.

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Ayer (28/3) en Urgente24 destacamos el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que convalidó los 75 años como la edad a la que deben jubilarse los jueces, tal como indica la Constitución Nacional. El máximo tribunal dispuso como excepción que los magistrados que lleguen a esa edad obtengan el aval del Senado y del Presidente para seguir en el cargo. Pero hay excepciones: la jueza Elena Highton de Nolasco, al tener sentencia firme a su favor, podría continuar ejerciendo. Las dudas quedan en el caso de María Romilda Servini de Cubría. Ella tiene 80 años y cuenta con un fallo judicial firme de 2010 que la mantiene en su cargo y que no fue apelado. Pero su caso quedó bajo análisis del Consejo de la Magistratura junto con el de más de veinte jueces porque aún con la cautelar, vendrán las interpretaciones sobre si hace o no una cosa juzgada. Entonces, lo de Servini sigue en discusión.
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