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Ganó Carrió: Rechazaron la denuncia penal que le hizo De Vido

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Carrió, De Vido y una denuncia que quedó desestimada

Otro revés judicial para Julio De Vido, aunque en esta oportunidad se trata de un tema menor. Este lunes (2/10) se conoció que la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, resolvió el pasado viernes en la causa CFP 9615/2017/1/RH1 (Juzg. Fed. n° 3) hacer lugar a la queja por apelación denegada que articuló De Vido, tenerlo por querellante y confirmar la desestimación de la denuncia por él formulada contra Elisa Carrió, por “inexistencia de delito”.

De Vido denunció a Carrió por la frase “este hombre irá a declarar o lo matarán antes”. Para él, se trataba de una amenaza atribuible a la nombrada. El fiscal del caso, Guillermo Marijuan, y el juez, Daniel Rafecas, sostuvieron que ello no era encuadrable en los términos pedidos por el denunciante.

Según informó el Centro de Información Judicial (CJI) la Cámara ratificó esta postura, apoyándose en la doctrina dominante sobre las condiciones que deben reunirse para configurar la figura de amenazas, que en el caso estaban ausentes. Sostuvo: “Para la configuración del ilícito alegado, es condición necesaria que el mal anunciado sea dependiente de la voluntad del sujeto que realiza el anuncio, ya sea por su propia acción o por la de un tercero supeditado voluntariamente a él. Tal requerimiento se conoce como ‘gobernabilidad del daño’ (ver D´Alessio, Andrés J. (Director) ‘Código Penal de la Nación. Comentado y Anotado.’ Ed. La Ley, 2° ed. actualizada y ampliada, Bs. As., 2013, p. 497). Basta relevar el contenido de las expresiones que se atribuyeron a Elisa Carrió (ver fs. 1/4 y 10/26 del ppal.) para advertir que aquellas no satisfacen esa exigencia típica, sin que se observen cursos de acción o medidas de prueba que eventualmente pudieren tener entidad para modificar dicha conclusión. Es que, al tratarse de un mensaje anunciando un mal que –según su denotación expresa- sería ajeno a ella, no puede hablarse de amenaza sino, a lo sumo, de “una predicción del futuro” (obra y página mencionadas, y sus citas). En definitiva, el tenor de aquél responde a  particularidades  de  la discusión   política”.

La frase de Carrió ("¿Este hombre irá a declarar o lo matarán antes de que declare?") fue pronunciada por la legisladora a principios de julio pasado, luego de que el fiscal federal Carlos Stornelli pidiera la indagatoria y desafuero con detención de De Vido en la causa por las irregularidades en la financiación de la mina de carbón de Río Turbio.

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La Sala II desestimó este lunes (2/10) la denuncia por amenazas presentada por Julio De Vido contra Elisa Carrió. Los jueces Irurzun y Farah consideraron que no existía delito en las afirmaciones realizadas por la diputada nacional de Cambiemos, quien había dicho: “este hombre irá a declarar o lo matarán antes”.
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POR AMENAZAS
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Ganó Carrió: Rechazaron la denuncia penal que le hizo De Vido
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