Milagro Sala seguirá detenida acusada de distintos delitos, entre ellos el de asociación ilícita. Así lo confirmó este jueves la Cámara de Apelaciones y Control del Poder Judicial de Jujuy, que rechazó un recurso de apelación presentado en favor la dirigente social y diputada del Parlasur, y consideró que ésta "entorpecerá la investigación” en caso de ser liberada.
Sala, líder de la agrupación Tupac Amaru, permanece detenida desde el 16/01 último cuando fue imputada por incitación al delito y al tumulto al encabezar un acampe para protestar contra el gobierno de Gerardo Morales. Pero si bien fue excarcelada en esa causa, Sala continuaba detenida por otro expediente que la investiga por asociación ilícita, fraude a la Administración Pública y extorsión.
Con el rechazo de una presentación realizada por el abogado Luis Paz, defensor de Sala, la Cámara “confirmó en todas sus partes la resolución dictada por el Juez de Control Gastón Mercau, que en fecha 12 de febrero de 2016 no hizo lugar al cese de detención”, informó este jueves un comunicado del Poder Judicial.
La decisión fue tomada por los camaristas Gloria María Mercedes Portal de Albisetti, Néstor Paoloni y Humberto Mario González el martes último, precisó.
"El juez de control aplicó la ley en relación a los hechos denunciados en la causa y encuadrables en figuras de los tipos penales descriptos e imputados a Milagro Sala, aplicación con toda claridad del ordenamiento legal que no deja duda alguna sobre el razonamiento del juez", aseveraron los camaristas.
Este argumento pretendió responder al planteo hecho en el recurso de apelación, según el cual “la detención fue dictada pura y exclusivamente fundada en denuncias” sin pruebas.
La resolución de la Cámara tampoco admitió el argumento de que “la pena que podría corresponderle a Sala en caso de ser sometida a juicio y resultar condenada no alcanzaría para mantenerla preventivamente detenida”.
La jueza Portal de Albisetti sostuvo que“por los delitos que se le imputan la pena de ejecución condicional es de imposible configuración, pues en caso de considerarla culpable por tales delitos le correspondería una pena de 5 a 26 años de prisión”.
Por su parte, el juez Néstor Paoloni sostuvo que “en las disposiciones contenidas en el nuevo Código Procesal Penal (el cese de la detención) no es un derecho absoluto, sino que es facultativo de los jueces determinar las condiciones tanto objetivas como subjetivas para conceder la condicionalidad de la libertad".
La resolución rechazó, además, el pedido de Paz de aplicar la doctrina de la Cámara Federal de Casación Penal en el sentido de que los procesados con prisión preventiva tienen derecho a gozar de libertad durante el proceso siempre que no entorpezcan la investigación ni haya peligro de fuga.
"No puede perderse de vista que Sala es cabeza del manejo de las cooperativas, de tal suerte que resulta lógico y razonable deducir que entorpecerá la investigación” en caso de ser liberada, replicó la Cámara en uno de los párrafos de la resolución citados en el comunicado.