Padres separados pueden llevar a hijos de hasta 12 años a comercios
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Mediante la resolución 262/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Social autorizó a "las y los progenitores o la persona adulta responsable para ingresar con sus hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta doce (12) años de edad, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable".
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