
El fiscal Jorge Di Lello rechazó este viernes el pedido de excarcelación para el exvicepresidente Amado Boudou, sin embargo, le pidió al juez Ariel Lijo que contemple "remedios menos lesivos"que"no impliquen la restricción de la libertad" del detenido. La sugerencia del fiscal abre la posibilidad de que Boudou abandone el penal de Ezeiza y, por ejemplo, pueda seguir bajo un régimen de monitoreo electrónico.
El dictamen del titular de la fiscalía federal N°1 de la Capital Federal se dio en el marco de un incidente de nulidad de la orden de detención iniciado por la presentación de la defensa del exvicepresidente, informó el portal Fiscales.gob.ar.
Di Lello señaló que la pretensión de nulidad debe ser rechazada, sobre lo cual expuso la jurisprudencia restrictiva en la materia, pero indicó:"Este Ministerio Público sugiere al juez evaluar la existencia de remedios menos lesivos a los riesgos expresados que no impliquen la restricción de la libertad del encartado para evitar una condena sin sentencia firme", señaló.
Boudou fue detenido la semana pasada en el marco de una causa por enriquecimiento ilícito. El juez Lijo consideró que el exvice de Cristina Fernández podría entorpecer la investigación por los vínculos que pudiera mantener con el poder.
Para el fiscal, sin embargo, Boudou "ha estado a derecho y cumplido con los pasos procesales que el Tribunal le ha impuesto". Citó"la prueba fundante de la detención dispuesta" y tuvo en cuenta que "hace tiempo se contaba con la información relacionada con el procedimiento de blanqueo con el que se había beneficiado Nuñez Carmona, y respecto al incremento injustificado de su patrimonio del año 2009/2010, como así también se contaba ya con la información de las cuentas que el nombrado tenía en el exterior".
El fiscal explicó además que el procedimiento fijado por el Código Procesal Penal de la Nación es"eminentemente inquisitivo, pues es el juez quien lleva adelante la recolección de la prueba durante la instrucción y toma las decisiones jurisdiccionales" y "por lo tanto tiene facultades directas para evaluar los riesgos procesales a los que aluden las normas y la interpretación que realiza la jurisprudencia".
En ese contexto, Di Lello formuló la sugerencia al juez para que evalúe "remedios menos lesivos a los riesgos expresados que no impliquen la restricción de la libertad del encartado".