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El dictamen del fiscal general Piaggio | 407.66 KB |
Julio Amancio Piaggio, Fiscal General de Cámara se pronunció en el sentido de que se deberá “confirmar íntegramente la sentencia recurrida” en el caso del juez Juan Manuel Culotta para que no siga subrogando.
Desde su primer nombramiento al frente del Juzgado Electoral nº 1 de La Plata, a principios de mayo el titular del Juzgado Federal platense nº 4, Alberto Recondo, declaró inconstitucional la resolución del Consejo de la Magistratura que designó a Culotta, señalado como cercano al macrismo y quien –hasta ahora- controlaría las elecciones de la provincia de Buenos Aires.
Pero la sentencia fue apelada por el Ministerio de Justicia de la Nación, por lo que el magistrado federal penal de Tres de Febrero ejerce el cargo hasta que la Cámara resuelva la cuestión de fondo.
Ante el juzgado de Culotta la semana última se inscribieron las alianzas para las próximas elecciones legislativas nacionales y luego los candidatos.
La presentación contra el juez vinculado con el macrismo fue realizada por la ONG judicial 'AJUS' que pidió una declaración de certeza sobre la constitucionalidad de la designación de Culotta al considerar que el funcionario no había concursado por la competencia electoral y por, presuntamente, violar resoluciones del Consejo de la Magistratura.
Para el juez Recondo, "si se consideraba que la subrogancia debía ser cubierta por un juez con competencia electoral, debió escogerse a un magistrado con idéntica competencia material de la jurisdicción más cercana, en tanto la Provincia de Buenos Aires -al igual que las restantes Provincias y la Ciudad Autónoma de BuenosAires- cuenta con un único juez electoral".
El Juzgado Federal de Primera Instancia de LaPlata N° 1, con competencia Criminal, Correccional y Electoral se encuentra con su titularidad vacante desde el fallecimiento del Dr. Manuel Blanco, ocurrido en septiembre de 2014.
En el dictamen del Fiscal General Piaggio, éste planteó, entre otros fundamentos, que: Cabe recordar que antes del fallecimiento del Sr. Juez Federal Dr. Humberto Blanco, quienes lo subrogaban –incluida la materia electoral- en caso de licencias concedidas y ante los posibles conflictos de competencias que se suscitaran entre los Juzgados Federales N°1 y N°3 de La Plata, eran los Sres. Jueces Federales Dres. Gabino Ziulu y Alberto Osvaldo Recondo, designación que se mantuvo luego de su deceso. Además que en la jurisdicción de esa Excma. Cámara, hay tres jueces en la ciudad Lomas de Zamora, uno en la ciudad de Quilmes y otro en la cuidad de Junín, por tanto, entiendo que no se ha respetado la prevalencia que tienen los jueces de la jurisdicción tal como lo ha indicado la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “Uriarte” al resolver declarar la inconstitucionalidad de la resolución 331/14 del Consejo de la Magistratura de la Nación, del artículo 7° del 'Reglamento de Subrogaciones de los Tribunales Inferiores de la Nación', aprobado por la resolución 8/14 del Consejo de la Magistratura, del decreto 1264/2015 y del régimen de subrogaciones establecido por la ley 27.145.
Reitero el Máximo Tribunal ha ordenado que hasta tanto el Poder Legislativo sancione un nuevo régimen, para los juzgados de primera instancia, de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 1°, inciso a, de la ley 26.376, se subrogará con un juez de igual competencia de la misma jurisdicción, teniendo prelación el juez de la nominación inmediata siguiente en aquellos lugares donde tengan asiento más de un juzgado de igual competencia.
Que he de acompañar todos los argumentos esgrimidos por Sr. Juez Federal, Dr. Alberto Osvaldo Recondo al resolver a fs. 266/299 vta., los que solicito a VV.EEa., por economía procesal, los tengan aquí por reproducidos y formando parte del presente dictamen.